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    <titulo>– Mejorada del Campo. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO
RÉGIMEN ECONÓMICO
55Mejorada del Campo. Régimen económico. Modificación presupuestaria
De conformidad con los artículos 169 y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y habida cuenta de que la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2020, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la modificación número 37/2020 crédito extraordinario y suplemento de crédito, así como modificación de la base 37 de las bases de ejecución del presupuesto, publicado inicialmente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de noviembre de 2020, se considera definitivamente aprobado al no haberse presentado reclamaciones al mismo, presentando el siguiente resumen por capítulos:

Asimismo, se modifica la base 37 de las bases de ejecución del presupuesto para 2020, de modo que donde dice:
.	Las previstas nominativamente en el presupuesto general del Ayuntamiento de Mejorada del Campo. A estos efectos se considera, únicamente, subvención nominativa la siguiente:

Debe añadirse:

Según lo dispuesto en el artículo 171.1 de la citada Ley 2/2004, se podrá interponer directamente contra el referenciado presupuesto general recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Mejorada del Campo, a 25 de noviembre de 2020..El alcalde-presidente, Jorge Capa Carralero.
(01/32.195/20)</texto>
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