<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20201015-117</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2020/10/15</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 3. Ejecución 128/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>251</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20201015-117</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/10/15/BOCM-20201015-117.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/10/15/BOCM-20201015-117.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/10/15/BOCM-20201015-117.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/10/15/BOCM-20201015-117.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
117Madrid número 3. Ejecución 128/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 128/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DIEGO ALEJANDRO GOMEZ BLANCO frente a MEDICAL GLOBAL INVESTMENTS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

“NÚMERO RESOLUCIÓN: 404/2020

DECRETO

En Madrid, a diecisiete de septiembre de dos mil veinte.

[…]

PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 28.396,73 euros de principal y 2.839,67 euros de intereses calculados provisionalmente, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado MEDICAL GLOBAL INVESTMENTS SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS).

Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, previa solicitud por escrito con aportación de copia de la demanda a los efectos oportunos, así como debe señalar domicilio al cual se remitirán los citados testimonios a consecuencia de la situación de Covid-19 para limitar la presencia en la sede judicial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MEDICAL GLOBAL INVESTMENTS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecisiete de septiembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/23.303/20)</texto>
</documento>