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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/08/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Procedimiento 929/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>202</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37
96Madrid número 37. Procedimiento 929/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA TERESA ESTRADA BARRANCO LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento número 929/2019 en materia de resolución de contrato seguido en este juzgado de lo Social, a instancia de D./Dña. ALBERTO SANCHEZ JIMENEZ frente a DIGITAL 4 SL se ha dictado AUTO DE RECTIFICACION en fecha 31/07/2020.
Hallándose en ignorado paradero la demandada DIGITAL 4 SL y de acuerdo con lo dispuesto en el art 59.2 LRJS, se ha acordado notificarle la misma por edictos, haciéndoles saber que su contenido íntegro está a disposición de la persona interesada para su consulta en este Órgano Judicial sito en C/ Princesa nº 3, 10ª planta, 28008 Madrid.
Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DIGITAL 4 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 31 de Julio de dos mil veinte.
LA LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/19.554/20)</texto>
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