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    <fecha_publicacion>2020/08/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Autorización centros universitarios
– Orden 148/2020, de 6 de agosto del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se autoriza el cambio de denominación del Centro de Educación Superior de Negocios, Innovación y Tecnología, adscrito a la Universidad Rey Juan Carlos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN
10ORDEN 148/2020, de 6 de agosto, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se autoriza el cambio de denominación del Centro de Educación Superior de Negocios, Innovación y Tecnología, adscrito a la Universidad Rey Juan Carlos.
De conformidad con lo señalado en el artículo 11 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU), por la Orden 4413/2017, de 30 de noviembre, de la Consejería de Educación e Investigación, se autoriza la adscripción, mediante convenio, del Centro de Educación Superior de Negocios, Innovación y Tecnología (UNIT) a la Universidad Rey Juan Carlos.
De acuerdo con lo señalado en la disposición cuarta de la referida Orden, cualquier modificación respecto de las circunstancias conforme a las cuales se otorga esta autorización, en particular, las relativas a la sede, titularidad, vigencia y contenido del convenio estará sometida a la autorización de la Comunidad de Madrid. 
Mediante la Orden 922/2019, de 10 de mayo, del Consejero de Educación e Investigación, se autoriza el inicio de actividades, el traslado de sede y la modificación de la denominación del Centro de Educación Superior de Negocios, Innovación y Tecnología (UNIT), adscrito a la Universidad Rey Juan Carlos. En dicha orden se modifica la denominación inicialmente autorizada suprimiendo de la misma el acrónimo UNIT.
En este sentido la Universidad Rey Juan Carlos ha solicitado el cambio de denominación del Centro de Educación Superior de Negocios, Innovación y Tecnología por el de “Centro de Educación Superior de Negocios, Innovación y Tecnología (IUNIT)”, aportando la certificación de aprobación de su Consejo Social y de su Consejo de Gobierno. 
Conforme al artículo 5 de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid, el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid informa de modo favorable, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria celebrada el 21 de julio de 2020.
En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 284/2019, de 5 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación, a propuesta de la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores, y en atención a todo lo expuesto,
DISPONGO
Primero
Autorización
Autorizar el cambio de denominación del Centro de Educación Superior de Negocios, Innovación y Tecnología, que pasa a denominarse “Centro de Educación Superior de Negocios, Innovación y Tecnología (IUNIT)”. 
Segundo
Seguimiento y control
La modificación de las condiciones bajo las cuales se produce esta autorización estará sometida a la autorización de la Comunidad de Madrid. Para ello, la entidad titular del centro deberá comunicar a la Consejería competente en materia de universidades cualquier modificación respecto de las circunstancias conforme a las cuales se otorga esta autorización y, en particular, las relativas a la sede, titularidad, vigencia y contenido del convenio.
El incumplimiento de los apartados anteriores o del contenido de esta orden podrá dar lugar a la revocación de la autorización.
Tercero
Recursos
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Cuarto
Efectos 
La presente orden surtirá efectos el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 6 de agosto de 2020.
		El Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, 		EDUARDO SICILIA CAVANILLAS
(03/20.069/20)</texto>
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