<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20200818-50</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2020/08/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Pedrezuela. Régimen económico. Ordenanza tasa documentos que expida Administración</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>199</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20200818-50</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/08/18/BOCM-20200818-50.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/08/18/BOCM-20200818-50.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/08/18/BOCM-20200818-50.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/08/18/BOCM-20200818-50.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PEDREZUELA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PEDREZUELA
RÉGIMEN ECONÓMICO
50Pedrezuela. Régimen económico. Ordenanza tasa documentos que expida Administración
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de julio de 2020, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por documentos que expida o que extienda la administración o las autoridades municipales.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://pedrezuela.sedelectronica.es/
Si, transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Pedrezuela, a 5 de agosto de 2020..La alcaldesa en funciones, Ana Belén Romero Martín.
(03/19.817/20)</texto>
</documento>