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        198 | CVE: 
        BOCM-20200817-80



Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198lunes 17/08/2020

Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200817-80
Páginas: 201 a 201 - 1 págs.

					PDF de la disposición
				


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

80
Madrid número 4. Ejecución 144/2019

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACION
D./Dña. LAURA CARRION GOMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 144/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA ALINA BUDEAN frente a FOGASA y GENERACION APICOLA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 11.573,77 EUROS de principal; y 1.736,06 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL TOTAL del ejecutado GENERACION APICOLA SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS).

Asimismo, hágase entrega a la parte ejecutante de los testimonios necesarios y copia sellada de demanda a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, remitiéndolos en el mismo sobre junto con la notificación de la presente al domicilio designado a tales efectos.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARÍA HERRERO BARRERO

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GENERACION APICOLA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticuatro de julio de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/18.842/20)


Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.
		







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