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    <titulo>– Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL VALLE NORTE DEL LOZOYA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL VALLE NORTE DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO
72Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya. Régimen económico. Ordenanza fiscal
En la Secretaría de esta Mancomunidad y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; del artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y del acuerdo de la Junta de la Mancomunidad de fecha 17 de julio de 2020, por el que se acordó la aprobación provisional de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos domésticos.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas en el Registro General de la Mancomunidad.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias de la Mancomunidad.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
La modificación se refiere al artículo 7 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos domésticos:
b)	Con relación al hecho imponible recogido en el artículo 3, apartado b) de la presente ordenanza, último párrafo, referente a los vertidos de residuos vegetales:

En Buitrago del Lozoya, a 29 de julio de 2020..El presidente, Ángel Martínez Herrero.
(03/19.040/20)</texto>
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