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    <identificador>BOCM-20200807-72</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2020/08/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Procedimiento 861/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>190</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18
72Madrid número 18. Procedimiento 861/2020
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Diligencias previas 861/2020 entre D./Dña. NORMA ESPERANZA VICENTE ARROBO y por un presunto delito de Lesiones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. ANGEL JOSE LERA CARRASCO
Lugar: Madrid
Fecha: 12 de junio de 2020.
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- En este Órgano Judicial se han recibido las actuaciones que preceden en virtud de parte de lesiones de NORMA ESPERANZA VICENTE ARROBO ante C.S. Peña Prieta, con fecha 22-4-2020.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Que los hechos arriba descritos y que resultan de las actuaciones practicadas presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal.
SEGUNDO.- El presente procedimiento se incoa por los hechos que resultan de las anteriores actuaciones, en las que figuran datos suficientes para la determinación de la naturaleza de los mismos, pero no para conocer la identidad de sus autores, por lo que de conformidad con lo prevenido en los artículos 641.2° y 779.1 de la LECr., procede incoar diligencias previas y acordar su sobreseimiento provisional.
Vistos los preceptos indicados y los demás de pertinente y general aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
Incóese Diligencias Previas, al mismo tiempo, se decreta su sobreseimiento provisional.
Póngase esta resolución en conocimiento del Ministerio Fiscal que servirá de parte de incoación y una vez firme archívense las presentes actuaciones.
Contra esta resolución cabe RECURSO DE REFORMA en el plazo de TRES DÍAS que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de Letrado.
Lo acuerda y firma S.Sa. Doy fe.
El/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Administración de Justicia
Y para que sirva de notificación a D./Dña. NORMA ESPERANZA VICENTE ARROBO expido y firmo la presente.
En Madrid, a 10 de julio de 2020.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/17.627/20)</texto>
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