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    <identificador>BOCM-20200709-161</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2020/07/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 41. Procedimiento 793/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>165</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41
161Madrid número 41. Procedimiento 793/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 793/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROBERTO ENRIQUE TIMOTEO LEYVA y D./Dña. ROBERTO ENRIQUE TIMOTEO LEYVA frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL y BUSINESS WORLD MADRID SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO parcialmente la demanda formulada por D. ROBERTO ENRIQUE TIMOTEO LEYVA contra la empresa BUSINESS WORLD MADRID SL., habiendo sido parte EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, y CONDENO a la empresa demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 2.684,10 euros brutos, más el 10 por 100 de interés de mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes indicando que es firme y contra la misma no cabe interponer recurso.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BUSINESS WORLD MADRID SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de junio de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.833/20)</texto>
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