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    <titulo>Zaragoza número 5. Procedimiento 110/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>164</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 5
180Zaragoza número 5. Procedimiento 110/2020
EDICTO
Don/Doña MIGUEL ANGEL ESTERAS PEREZ, Letrado de la Administración de Justicia del JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 5 DE ZARAGOZA.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el de Procedimiento Ordinario 0000110/2020 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a ENERGOYA S.L, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 12 de abril del 2021 a las 10:45 horas, en Sala de vistas nº 35 pta baja, para la celebración del acto de conciliación, y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del jugado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que trasladada tal intención al actor, pueda estar éste representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual, o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a ENERGOYA S. L, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tabón de anuncios.

Zaragoza, a 10 de junio del 2020. El / La Letrado de la Administración de Justicia, MIGUEL ANGEL ESTERAS PEREZ
(03/13.599/20)</texto>
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