<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20200703-48</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2020/07/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– El Álamo. Régimen económico. Padrón fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>160</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20200703-48</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/07/03/BOCM-20200703-48.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/07/03/BOCM-20200703-48.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/07/03/BOCM-20200703-48.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/07/03/BOCM-20200703-48.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>EL ÁLAMO</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE EL ÁLAMO
RÉGIMEN ECONÓMICO
48El Álamo. Régimen económico. Padrón fiscal
Aprobado por decreto de la Alcaldía el padrón de la tasa por recogida domiciliaria de basuras correspondiente al segundo cuatrimestre del ejercicio 2020, se pone en general conocimiento que los recibos correspondientes a la tasa señalada se ponen al cobro bajo las siguientes condiciones:
.	Plazo de ingreso en período voluntario: desde el día 19 de junio hasta el día 19 de agosto de 2020 (ambos inclusive).
.	Modalidad de ingreso y lugar de ingreso: el pago se efectuará en las siguientes entidades bancarias: “Caixabank”, “Banco Santander”, “Eurocaja Rural” y “Bankia” en la cuenta restringida del ayuntamiento, previa entrega del documento de pago correspondiente.
.	Procedimiento de apremio: transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio con los recargos legalmente establecidos, intereses de demora y en su caso, las costas que se produzcan.
En El Álamo, a 17 de junio de 2020..La alcaldesa, Natalia Quintana Serrano.
(02/13.705/20)</texto>
</documento>