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    <titulo>– Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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    <organismo>TORREJÓN DE ARDOZ</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
61Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Ordenanza fiscal
 1.  En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 16 y 17.1 de TRLRHL la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 29 de junio de 2020, ha aprobado provisionalmente el proyecto de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
2.  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 y 17.2 de TRLRHL, el acuerdo provisional citado se expondrá al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de treinta días hábiles y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, comenzando a contar su plazo a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación y en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
3.  En caso de que no se presenten reclamaciones dentro de plazo el acuerdo provisional se entenderá definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo plenario.
Torrejón de Ardoz, a 29 de junio de 2020..El concejal-delegado de Hacienda (Junta de Gobierno Local de 11 de noviembre de 2019; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de noviembre de 2019), Marcos López Álvarez.
(03/15.220/20)</texto>
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