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    <identificador>BOCM-20200623-64</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/06/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 102. Procedimiento 657/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>151</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 102</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 102
64Madrid número 102. Procedimiento 657/2019
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 657/2019, instados por la procuradora doña María del Carmen Armesto Tinoco, en nombre y representación de Canal de Isabel II, S. A., contra Comunidad de Bienes Cien Euros, en reclamación de 9.636,09 euros, en los que se ha dictado, en fecha 4 de marzo de 2020, sentencia cuyo fallo es el siguiente:
“Que, estimando la demanda promovida por la procuradora doña Carmen Armesto Tinoco, en nombre y representación de Canal de Isabel II, S. A., contra Comunidad de Bienes Cien Euros, declarada en rebeldía por su incomparecencia en autos, debo condenar y condeno a la Comunidad de Bienes demandada al pago de la cantidad de 9.636,09 euros a que asciende el importe del principal reclamado.
Dicha cantidad devengará a favor de la actora el interés legal desde la fecha de interpelación judicial, sin perjuicio de elevar dicho tipo dos puntos, a contar desde la presente resolución y hasta su satisfacción.
Las costas procesales causadas, estimada la demanda, se imponen a la parte demandada”.
En Madrid, a 26 de mayo de 2020..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/11.816/20)</texto>
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