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    <titulo>Madrid número 2. Procedimiento 827/2014</titulo>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 2
49Madrid número 2. Procedimiento 827/2014
EDICTO
Don Enrique Calvo Vergara, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo mercantil número 2 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal número 827/2014, instados por el procurador don Ignacio Melchor Orduña, en nombre y representación de Sistemas Técnicos de Encofrados, S. A., contra don Raúl de Castro Vicente, en reclamación de 5.364,58 euros, en los que se ha dictado en fecha 25 de febrero de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente.
Fallo
Estimando en lo sustancial la demanda interpuesta por la entidad Sistemas Técnicos de Enconfrados, S. A. (STEN), siendo demandado don Raúl de Castro Vicente, como administrador único de la mercantil Remt 2.002, S. L. U., debo condenar y condeno a este al abono a la parte actora de la cantidad de 5.364,58 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda, hasta su completo pago, interés que se incrementará en 2 puntos porcentuales desde la fecha de esta sentencia. Todo ello con imposición de costas a la parte demandada.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E. Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2257-0000-03-0827-14 de este Órgano. Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2257-0000-03-0827-14.
Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses si se trata de persona jurídica.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada, don Raúl de Castro Vicente, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la L. E. C., se ha acordado notificar la citada resolución por edicto el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.
En Madrid, a 14 de mayo de 2020..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/10.792/20)</texto>
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