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    <titulo>– San Agustín del Guadalix. Régimen económico. Aprobación presupuesto</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX
RÉGIMEN ECONÓMICO
14San Agustín del Guadalix. Régimen económico. Aprobación presupuesto
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, se hace público el presupuesto general y plantilla de personal de esta entidad para 2020, aprobado inicialmente por el Pleno en sesión de 27 de febrero de 2020, y que, expuesto al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 61/2020, de 12 de marzo, y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 73/2020, de 25 de marzo, ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamación alguna contra el mismo, siendo su resumen es el siguiente:




Las personas y entidades legitimadas podrán interponer, contra la aprobación definitiva del referenciado presupuesto, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
San Agustín del Guadalix, a 17 de abril de 2020..El alcalde, Roberto Ronda Villegas.
(03/9.610/20)</texto>
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