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    <titulo>– Navalcarnero. Organización y funcionamiento. Ordenanza tenencia animales domésticos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
47Navalcarnero. Organización y funcionamiento. Ordenanza tenencia animales domésticos
Por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el 30 de enero de 2020, se aprobó inicialmente la ordenanza reguladora de “tenencia, control y protección de los animales domésticos de Navalcarnero”, Madrid.
De conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el referido expediente se somete a información pública por el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los interesados puedan examinarlos en la Secretaría, y presentar cuantas reclamaciones y sugerencias estimen oportunas.
Si al término del período de exposición no se hubieran presentado reclamaciones, el expediente con sus acuerdos se considerarán definitivamente aprobados.
Navalcarnero, a 7 de febrero de 2020..El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.
(03/5.873/20)</texto>
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