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    <titulo>– Arroyomolinos. Organización y funcionamiento. Junta de Gobierno Local</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>ARROYOMOLINOS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
36Arroyomolinos. Organización y funcionamiento. Junta de Gobierno Local
Según Decreto 208/2020, de 22 de enero, de la señora alcaldesa, se ha dispuesto:
Primero..Cesar como miembros de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento a los siguientes concejales:
.	Don Antonio Javier Cabello Llorente.
.	Doña Gema Pilar Herrero Monroy.
.	Don Laureano Arrogante Higuera.
Segundo..La Junta de Gobierno Local, actuando bajo la Presidencia de esta alcaldesa, queda compuesta por los siguientes concejales:
.	Don Andrés Navarro Morales.
.	Don Luis Quiroga Toledo.
.	Don Julián Roque Jordán.
.	Doña María Cristina Fernández Castaño.
Tercero..A las sesiones de la Junta de Gobierno Local podrán asistir como invitados, con voz pero sin voto, aquellos Concejales cuya presencia se considere necesaria por la Alcaldía.
Cuarto..Notificar la presente resolución a los concejales cesados de la Junta de Gobierno Local.
Quinto..Publicarla en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el mismo día de su emisión.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://sedeelectronica.ayto-arroyomolinos.org/ GDCarpetaCiudadano/login.do).
Sexto..Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que se celebre, de conformidad con lo previsto en el artículo 46.1 del ROF, en relación con el artículo 52.4 también del ROF.
Séptimo..Comunicarla en extracto a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad de Madrid.
Octavo..Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante esta alcaldesa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la práctica de su notificación. Alternativamente podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de Madrid de ese orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contado de igual forma, sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualesquiera otros recursos que estimen procedentes.
Arroyomolinos, a 5 de febrero de 2020..La alcaldesa, Ana Millán Arroyo.
(03/4.561/20)</texto>
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