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    <identificador>BOCM-20200206-157</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/02/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Oviedo número 4. Procedimiento 426/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 4
157Oviedo número 4. Procedimiento 426/2019
EDICTO
Doña María José Cordero Escalonilla, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 4 de Oviedo.
Hago saber: Que en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000426 /2019 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª VLADIMIR SEKAC SLAPKOVA contra la empresa MINAS DE OSTRAVA Y KARVINA SA, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, VOKD SA, PRAGARRA SL, SA PARA TRABAJOS SUBTERRANEOS, HULLERAS DEL NORTE SA (HUNOSA), sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Por presentado el precedente escrito por VLADIMIR SEKAC SLAPKOVA interponiendo recurso de reposición, al amparo de lo que dispone el artículo 186.2 de la LJS, y a la vista de que el mismo cumple con los requisitos que para su admisión establecen los artículos 186.4 y 187.1 de la LJS, se admite a trámite el mismo.

Dese traslado por tres días a las partes para su impugnación, si lo estiman conveniente.

Y para que sirva de notificación en legal forma a PRAGARRA SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Oviedo, a trece de enero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/1.240/20)</texto>
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