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    <fecha_publicacion>2020/02/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 54. Procedimiento 457/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 54</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 54
67Madrid número 54. Procedimiento 457/2019
EDICTO
Don Ramón Díez de Ulzurrun Calvo, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 54 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 457/2019, instados por procuradora doña María Teresa Campos Montellano, en nombre y representación de Parking del Olmo, S. A., contra doña Laura Frutos Pérez, don Cecilio García Herenas, Naviera Fierro, S. A., Villa Rosa 86, S. A., y Marberia, S. A., en los que se ha dictado, en fecha 20 de diciembre de 2019, sentencia, cuyo fallo es la siguiente:
Fallo
Estimando la demanda formulada por Parking del Olmo, S. A., representada por la procuradora de los Tribunales señora Campos Montellano, frente a don Cecilio García Arenas y doña Laura Frutos Pérez, representados por el procurador señor Escudero Delgado; Naviera Fierro, S.A., representada por el procurador señor García San Miguel Hoover; Villa Rosa 86, S. A., y Marberia, S. A., en rebeldía:
1.o  Declaro que la mercantil demandante, como titular de las plazas de aparcamiento números 8 a 11, le corresponde un porcentaje del 5.59 por 100 del local destinado a aparcamiento en el sótano del edificio de la calle de Santo Ángel, número 81, de Madrid, no del 2,5 por 100 como por error figura en la inscripción registral, repartidos de la siguiente forma:
Plaza 8: 1,75 por 100.
Plaza 9: 1,30 por 100.
Plaza 10: 1,11 por 100.
Plaza 11: 1,43 por 100.
2.o  Condeno a Villa Rosa 86, S. A., a modificar en los respectivos asientos registrales que a las plazas a ella adjudicadas números 1 a 7, 19 a 42, 46 a 58, y 62 a 66, le corresponde un porcentaje total de 75,52 por 100, y no de 78,60 por 100.
3.o  Condeno a Marberia, S. A., y a Naviera Fierro, S. A., como adjudicataria de las plazas de garaje correspondientes a aquella tras su extinción, a modificar en los respectivos asientos registrales que a las plazas números 12 a 18, 43 a 45, y 59 a 61 les corresponde un porcentaje total de 18,89 por 100 y no de 18,90 por 100.
4.o  Condeno a don Cecilio García Arenas y a doña Laura Frutos Pérez, a modificar en los respectivos asientos registrales que a la plaza número 3 de la que son titulares le corresponde un porcentaje de 1,69 por 100 y no de 2,21 por 100.
5.o  Ordeno que sobre la finca 10.072 del Registro de la Propiedad número 33 de Madrid se lleven a cabo las operaciones necesarias a fin de modificar los asientos registrales en los términos indicados, librando testimonio de la presente sentencia a la parte actora.
6.o  No se hace pronunciamiento en cuanto a las costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días siguientes a su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2651-0000-04-0457-19 de este Órgano.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de las demandadas Villa Rosa 86, S. A., y Marberia, S. A., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 20 de diciembre de 2019..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/2.091/20)</texto>
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