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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
36Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Estudio de Detalle
Aprobación definitiva de la segunda modificación del estudio de detalle sobre la manzana MCO del plan parcial UZP 2.01 “El Cañaveral”. Distrito de Vicálvaro.
Expediente número 711/2017/28642.
El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero..Estimar parcialmente y desestimar las alegaciones presentadas durante el plazo de información pública en los términos y con base en los argumentos expuestos en el informe técnico de la Subdirección General de Actuaciones Urbanas de fecha 30 de octubre de 2019.
Segundo..Aprobar definitivamente la segunda modificación del Estudio de Detalle de la manzana MCO del Plan Parcial 2.01 “El Cañaveral”, en el Distrito de Vicálvaro, promovida por la Junta de Compensación del Suelo Urbanizable Programado 2.01 “El Cañaveral”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 61.5 y 62.2.a) de la citada Ley.
Tercero..Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido un ejemplar de la Segunda Modificación del Estudio de Detalle de la Manzana MCO del Plan Parcial 2.01 “El Cañaveral” al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid, y que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.
Madrid, a 18 de diciembre de 2019..El secretario general de Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(02/42.434/19)</texto>
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