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    <identificador>BOCM-20200117-151</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/01/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 41. Procedimiento 754/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>14</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41
151Madrid número 41. Procedimiento 754/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. María José González Huergo letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 754/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MELANY LISSETTE FLORES FLORES frente a INVERSIONES RIALPA SL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por Dª MELANY LISSETTE FLORES FLORES contra la empresa INVERSIONES RIALPA S.L., y CONDENO a la empresa demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 1.330 euros brutos, más el 10% de interés de mora; así como al pago de los honorarios del Letrado de la parte contraria, con el límite de seiscientos euros.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INVERSIONES RIALPA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/42.155/19)</texto>
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