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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
61Madrid. Sección Vigésima Cuarta. Procedimiento 489/2018
Sección Vigésima Cuarta
EDICTO
D. MANUEL ELOLA SOMOZA, Letrado de la Admón. de Justicia de la Sección Vigesimocuarta de la Audiencia Provincial de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en este Tribunal se sigue el Recurso de Apelación número 489/2018 a instancia del Procurador D. Juan Manuel Rico Palomar en nombre y representación de Dª YULIANA ELIZABETH BELLIARA GONZALEZ contra D. JULITO CORPORAN DE LOS SANTOS, declarado en rebeldía procesal, sobre Autos de Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados nº 238/2017, en el que se ha dictado Sentencia en fecha 28 de marzo de 2019.

Encontrándose la resolución a su disposición en la Secretaría de esta sección.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma puede caber la interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y/o, casación, si se dan algunos de los supuestos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil, 1/2000 para ante el Tribunal Supremo en el plazo de VEINTE DIAS.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte apelada declarada en situación procesal de rebeldía, D. JULITO CORPORAN DE LOS SANTOS pese a las diligencias y averiguaciones practicadas para ello, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497, 2º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por medio de la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid, debiendo practicarse dicha publicación de oficio, sin devengo de tasas toda vez que la parte, a cuya costa se ha acordado librar, tiene reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita en el presente procedimiento.

En Madrid a cinco de noviembre de dos mil diecinueve.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DE LA SECCIÓN

Fdo.: D. MANUEL ELOLA SOMOZA
(03/40.397/19)</texto>
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