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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <titulo>Móstoles número 1. Ejecución 291/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
137Móstoles número 1. Ejecución 291/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 291/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. RUBEN ROLDAN MEJIAS frente a COLECTIVIDADES DE ACEITES Y GRASAS SL (CODEGRAS SL) y BIOGRAS SL, sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

En Móstoles, a quince de noviembre de dos mil diecinueve.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 15.7.2019, a la empresa BIOGRAS SL y COLECTIVIDADES DE ACEITES Y GRASAS SL (CODEGRAS SL) en favor del/de los demandante/s D./Dña. RUBEN ROLDAN MEJIAS y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ San Antonio 4-6, Planta 1 - 28931, el día 03/02/2020, a las 10:00 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S.).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a BIOGRAS SL y COLECTIVIDADES DE ACEITES Y GRASAS SL (CODEGRAS SL), en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a quince de noviembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/38.509/19)</texto>
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