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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <titulo>Madrid número 1. Ejecución 206/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1
66Madrid número 1. Ejecución 206/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. CARMEN RODRÍGUEZ VOZMEDIANO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 01 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 206/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION frente a GESTA-GESTION DE SERVICIOS Y AISLAMIENTO TERMICO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

PARTE DISPOSITIVA

No ha lugar a despachar la ejecución, por encontrarse la entidad ejecutada GESTA-GESTION DE SERVICIOS Y AISLAMIENTO TERMICO SL en situación de concurso de acreedores. Hágase entrega a la parte actora de copia sellada de la demanda y testimonio de sentencia recaída en este procedimiento, así como de la presente resolución, y archívense las actuaciones previa baja en el Libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2499-0000-64-0206-19.

 Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GESTA-GESTION DE SERVICIOS Y AISLAMIENTO TERMICO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintinueve de octubre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/37.190/19)</texto>
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