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    <identificador>BOCM-20191114-110</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/11/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Procedimiento 318/2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>271</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
110Madrid número 24. Procedimiento 318/2018
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON  LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 318/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION frente a PROYECTOS ROMANZZO SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente :

“FALLO

ESTIMO la demanda formulada por la Fundación Laboral de la Construcción contra Proyectos Romanzzo S.L. y, en consecuencia,

CONDENO a ésta a abonar a la Fundación Laboral de la Construcción la cantidad de 609,51 euros, así como el recargo de mora por importe del 20%. Lo que totaliza la cantidad de 731,41 euros.

Se advierte a las partes que esta Sentencia es firme y contra ella no puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia, por el Sr. Magistrado-Juez que la firma, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA  a PROYECTOS ROMANZZO SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a treinta  de septiembre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/35.246/19)</texto>
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