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    <identificador>BOCM-20191106-117</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/11/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 15. Ejecución 51/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>264</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15
117Madrid número 15. Ejecución 51/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA MARÍA DOLORES MARÍN RELANZÓN, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 15 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 51/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA MARÍA ASUNCIÓN MATEO RAMÍREZ ARELLANO frente a ALLROAD MOTOR, S. L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Sacar a la venta en pública subasta el vehículo con matrícula M2808TW, FERRARI BERLINETTA, que ha sido tasado en 55.250 euros, sin cargas, haciendo constar que figura dado de baja temporalmente en la DGT.

MODO DE IMPUGANCIÓN: Mediante recurso de REPOSICIÓN ante el Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente al de su notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 LRJS).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

Y para que sirva de notificación en legal forma a ALLROAD MOTOR, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de octubre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/34.071/19)</texto>
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