<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20191021-45</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2019/10/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Ministerio para la Transición Ecológica. Confederación Hidrográfica del Tajo. Canon utilización agua</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>250</diario_numero>
    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20191021-45</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/10/21/BOCM-20191021-45.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/10/21/BOCM-20191021-45.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/10/21/BOCM-20191021-45.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/10/21/BOCM-20191021-45.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA</organismo>
    <organismo>Confederación Hidrográfica del Tajo</organismo>
  </analisis>
  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Confederación Hidrográfica del Tajo
45Ministerio para la Transición Ecológica. Confederación Hidrográfica del Tajo. Canon utilización agua
Sistema del Henares
Cánones de regulación para el año 2020
En relación con el procedimiento iniciado para la aprobación de las tarifas de utilización del agua y de los cánones de regulación correspondientes al ejercicio 2020, y cumplido el trámite previsto en el artículo 302 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se procede a un período de información pública.
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan los presentes cánones de regulación de aplicación a los aprovechamientos de aguas públicas con tomas establecidas en el río Henares, en tramos influidos por la regulación efectuada por las presas de Pálmaces, Alcorlo y El Atance durante el año 2020.
.	Usuarios de abastecimiento y otros usos de la cuenca del Tajo: 0,026064 euros/m3.
.	Usuarios de riego de la cuenca del Tajo: 36,30 euros/ha.
.	Usuarios hidroeléctricos de la cuenca del Tajo: 0,002230 euros/Kwh.
.	Usuarios no consuntivos de la cuenca del Tajo: 0,001619 euros/m3.
Estarán obligados al pago de estos cánones todos los titulares de derechos al uso del agua beneficiados por la regulación efectuada por las presas de Pálmaces, Alcorlo y El Atance.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de las Provincias de Cáceres” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas, en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. Asimismo se podrá consultar el indicado estudio para elaboración de las tarifas y cánones de regulación de la cuenca del Tajo para 2020 en el siguiente enlace: http://www.chtajo.es/Servicios/Recaudacion/TarifasYCanones/Paginas/default.aspx
También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 18 de septiembre de 2019..La secretaria general, Eva María Mediavilla de María.
(02/32.281/19)</texto>
</documento>