<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20190925-66</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2019/09/25</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 11. Ejecución 177/2017</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>228</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20190925-66</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/09/25/BOCM-20190925-66.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/09/25/BOCM-20190925-66.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/09/25/BOCM-20190925-66.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/09/25/BOCM-20190925-66.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11
66Madrid número 11. Ejecución 177/2017
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ENCARNACION GUTIERREZ GUÍO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 177/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL frente a D./Dña. COSTEL STOICA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

 PARTE DISPOSITIVA (DECRETO DE 04/02/2019)

SE ALZA EL EMBARGO acordado en la presente ejecución de saldos de depósitos y cuentas bancarias a favor del ejecutado, devoluciones procedentes de la Agencia Tributaria así como el salario o retribución de cualquier otra naturaleza que de la empresa PALOMO SERRANO AZIER perciba el ejecutado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 607 LEC, cancelándose las medidas de garantía adoptadas.

A tal efecto:

Se acuerda remitir los correspondientes oficios a fin de proceder al levantamiento de los embargos acordados en la presente ejecución.

Expedir mandamiento de pago en concepto de devolución de exceso consignado por importe de 346,25 a favor de DON COSTEL STOICA, el citado mandamiento habrá de ser retirado en la secretaría de este juzgado transcurridos DIEZ DIAS HABILES una vez firme la presente resolución.

Verificado lo anterior se procederá sin más trámite al archivo de las presentes actuaciones.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. COSTEL STOICA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dos de septiembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/29.552/19)</texto>
</documento>