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    <titulo>– Camarma de Esteruelas. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>CAMARMA DE ESTERUELAS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CAMARMA DE ESTERUELAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
25Camarma de Esteruelas. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
En el Pleno de este Ayuntamiento de 29 de agosto de 2019, se aprobó el siguiente acuerdo:
Primero..Designar el cargo de alcalde-presidente de la Corporación a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva, el cual podrá compatibilizar con otras ocupaciones marginales en los términos que se establecen en el artículo 13.3 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Las retribuciones anuales brutas de la Alcaldía-Presidencia serán de 25.200 euros distribuidas en 14 pagas mensuales de 1.800 euros brutos.
Segundo..Designar el cargo de tercera teniente de alcalde a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva, el cual podrá compatibilizar con otras ocupaciones marginales en los términos que se establecen en el artículo 13.3 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Las retribuciones anuales brutas de esta Concejalía serán 21.112 euros distribuidas en 14 pagas mensuales de 1.508 euros brutos.
Tercero..Designar el cargo de segundo teniente de alcalde a desempeñar en régimen de dedicación parcial a un 75 por 100 de la jornada. Las retribuciones anuales brutas de esta Concejalía serán de 15.834 euros distribuidas en 14 pagas mensuales de 1.131 euros brutos.
Cuarto..Designar el cargo de concejal-delegado de Sanidad, Juventud y Medio Ambiente a desempeñar en régimen de dedicación parcial a un 75 por 100 de la jornada. Las retribuciones anuales brutas de esta Concejalía serán de 15.834 euros distribuidas en 14 pagas mensuales de 1.131 euros brutos.
Quinto..Asignación por asistencia a sesiones de órganos colegiados de los concejales que no tengan designada una dedicación exclusiva o parcial:
.	Por asistencia a Plenos: 66,11 euros, a los que se les aplicará la retención de IRPF marcada por ley.
.	Por asistencia a Comisiones Informativas: 60,10 euros, a los que se les aplicará la retención de IRPF marcada por ley.
.	Por asistencia a la Junta de Gobierno Local: 60,10 euros, a los que se les aplicará la retención de IRPF marcada por ley.
A la fecha del presente acuerdo no existe crédito presupuestario suficiente para cubrir la estimación de dietas totales para el ejercicio 2019, hasta que no se tramite la correspondiente modificación presupuestaria.
Sexto..El pago de los conceptos económicos de sueldos y dietas tendrá efecto retroactivo (artículo 39.3 de la Ley 39/2015): 
.	Con respecto a la retribución del alcalde, desde la fecha de nombramiento (15 de junio de 2019).
.	Con respecto a la retribución de los concejales del equipo de gobierno con dedicación exclusiva o parcial, desde la fecha en que se dictó el decreto de nombramiento de sus atribuciones (26 de junio de 2019).
.	Con respecto a las dietas del resto de concejales sin dedicación exclusiva o parcial, desde el primer órgano colegiado a partir del pleno de constitución del día 15 de junio de 2019.
Séptimo..Mandar publicar el presente acuerdo en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su conocimiento y a los efectos oportunos.
Camarma de Esteruelas, a 2 de septiembre de 2019..EL alcalde, Pedro Valdominos Horche.
(03/29.612/19)</texto>
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