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    <fecha_publicacion>2019/08/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 10. Ejecución 95/2019</titulo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10
43Madrid número 10. Ejecución 95/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. ANA BELEN REQUENA NAVARRO letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 95/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. OMAR AGHMIR frente a DREAM GARDENS SL sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

NÚMERO RESOLUCIÓN: 687/2019

DECRETO

En Madrid, a veintiséis de julio de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 15.716,75 euros de principal; 1571,67 de intereses y 1571,67 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado DREAM GARDENS SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez verificado lo anterior, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banco de Santander IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2508-0000-64-0095-19.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Dña. ANA BELEN REQUENA NAVARRO

Diligencia.-Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DREAM GARDENS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de julio de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/27.495/19)</texto>
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