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    <fecha_publicacion>2019/08/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 151/2017</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>205</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
110Madrid número 24. Ejecución 151/2017
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LUCÍA BELTRÁN FERNÁNDEZ, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 151/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FERNANDO GARCINUÑO SANGIL y D./Dña. MIGUEL ANGEL VILLARIN ANTOMIL frente a SEGURIDAD LPM, SL y SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON

En Madrid, a catorce de marzo de dos mil diecinueve.

Extráigase del Archivo el presente procedimiento.

Se tiene por presentado escrito por los ejecutantes, Don FERNANDO GARCINUÑO SANGIL y Don MIGUEL ANGEL VILLARIN ANTOMIL, únase a los autos de su razón.

Visto el estado de las actuaciones estando acordada la suspensión de la ejecución despachada por decreto dictado el 26/03/2018 al encontrarse la entidad ejecutada SEGURIDAD LPM SL en situación de concurso de acreedores, no ha lugar a lo solicitado por los mismos.
Notifíquese esta resolución a las partes y, una vez realizadas las diligencias acordadas, procédase a devolver las actuaciones al estado de archivo si no se insta lo contrario.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SEGURIDAD LPM, SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de julio de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/25.983/19)</texto>
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