<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20190829-109</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2019/08/29</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 24. Procedimiento 1.236/2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>205</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20190829-109</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/08/29/BOCM-20190829-109.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/08/29/BOCM-20190829-109.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/08/29/BOCM-20190829-109.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/08/29/BOCM-20190829-109.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
109Madrid número 24. Procedimiento 1.236/2018
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D. JOSE ANTONIO RINCÓN MORA, letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 1236/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANA MARIA MONTERO GARCIA frente a GUZMAN TELECOMUNICACIONES SL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Estimando la demanda formulada por Dª. ANA MARIA MONTERO GARCIA frente a GUZMAN TELECOMUNICACIONES SL debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 475,13 euros más el 10% de interés por mora.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a GUZMAN TELECOMUNICACIONES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de julio de dos mil diecinueve.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/27.415/19)</texto>
</documento>