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    <titulo>– Valdelaguna. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>VALDELAGUNA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALDELAGUNA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
43Valdelaguna. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Don Pablo Morate Haro, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Valdelaguna (Madrid).
En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.3 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y al amparo de lo establecido en el artículo 43 y siguiente del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, he resuelto:
Delegar la dirección interna y la gestión de los siguientes servicios, a los concejales que a continuación se relacionan, ejerciendo esta Alcaldía, en cualquier caso, la facultad de resolver los actos que afecten a terceros:

En el supuesto de necesitar la ampliación o modificación de servicios municipales y la delegación de las funciones propias de los mismos, se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno de las Resoluciones adoptadas y su fundamento jurídico.
La presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su adopción.
Notifíquese a los interesados y remítase al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.
Valdelaguna, a 25 de junio de 2019..El alcalde, Pablo Morate Haro.
(03/28.354/19)</texto>
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