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    <identificador>BOCM-20190805-97</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/08/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Procedimiento 1.170/2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>184</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12
97Madrid número 12. Procedimiento 1.170/2018
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el Procedimiento 1170/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LOFTI EL ARGOUBI frente a EXCAVACIONES Y TRANSPORTES BLASBEL SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Sentencia, cuyo Fallo es el siguiente

 Que, estimando parcialmente la demanda formulada por D. Lofti El Argoubi frente a Excavaciones y Transportes Blasbel, S. L. debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 775,83 euros, así como al interés del diez por ciento sobre esta cantidad establecido en el artículo 29.3 ET. No procede la condena al pago de las costas a la demandada, al no constar su citación en forma al acto de conciliación.

Notifíquese la presente a las partes, haciéndoles saber que contra la misma, que es firme, no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

(Firmada)

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a EXCAVACIONES Y TRANSPORTES BLASBEL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticinco de junio de dos mil diecinueve.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ
(03/24.729/19)</texto>
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