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    <identificador>BOCM-20190719-83</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/07/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 85. Procedimiento 585 de 2018, notificación a Qi Lou</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>170</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85
83Madrid número 85. Procedimiento 585 de 2018, notificación a Qi Lou
EDICTO
D. Enrique Cilla Calle, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Divorcio contencioso núm. 585/2018 instados por Procurador D. JOSÉ FERNANDO LOZANO MORENO en nombre y representación de Dña. LAURA JIMÉNEZ RAMOS contra D. QI LOU en los que se ha dictado en fecha 17/06/2019 sentencia cuyo fallo es la siguiente:
Que estimando la demanda presentada por el Procurador Sr. Lozano Moreno, en nombre y representación de Dña. Laura Jiménez Ramos, frente a D. Qi Lou, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges Dña. Laura Jiménez Ramos y D. Qi Lou, celebrado el día 31 de enero de 2012 en Madrid, con los efectos legales inherentes a tal situación.
Acordando las siguientes medidas:
1.°  La atribución de la guardia y custodia de la hija menor común a la madre Da. Laura Jiménez Ramos, así como el ejercicio de la patria potestad.
2.°  No ha lugar a fijar régimen de visitas de la menor con su padre.
3.°  Queda en suspenso la contribución del padre a los alimentos de la hija.
Cabe interponer recurso de apelación en plazo de 20 días.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. QI LOU y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.
En Madrid, a 19 de junio de 2019..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(03/23.960/19)</texto>
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