<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20190712-78</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2019/07/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 28. Procedimiento 116 de 2019, notificación a Youssef el Asri Asnade</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>164</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20190712-78</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/07/12/BOCM-20190712-78.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/07/12/BOCM-20190712-78.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/07/12/BOCM-20190712-78.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/07/12/BOCM-20190712-78.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28
78Madrid número 28. Procedimiento 116 de 2019, notificación a Youssef el Asri Asnade
EDICTO
Dña. EVA MARÍA LUNA MAIRAL, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia n° 28.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de Divorcio contencioso num. 116/2019 instados por Procurador Sr. MORENO PONCE en nombre y representación de XXXXXXXXXXXXX frente a D. YOUSSEF EL ASRI ASNADE en los que se ha dictado en fecha 18/06/2019 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Moreno Ponce en nombre y representación de XXXXXXXXXXXX frente a D. YOUSSEF EL ASRI ASNADE, debo declarar disuelto, por divorcio, el matrimonio contraído por los cónyuges litigantes, con las consecuencias legales inherentes a tal declaración, asimismo se establecen las siguientes medidas:

1) Se atribuye la guarda y custodia del hijo menor de edad común a la madre, en cuya compañía queda, siéndole atribuido el ejercicio en exclusiva de la patria potestad.
2) No procede establecer régimen de visitas a favor del padre.
3) En concepto de pensión alimenticia, se establece que el padre, dentro de los cinco primeros días de cada mes, abone a la madre la cantidad de 150 euros por cada uno de los tres hijos que viven en el hogar familiar, cantidad que se actualizará conforme a los incrementos que experimente el I.P.C., publicado por el I.N.E.

Ambos progenitores contribuirán por mitad a los gastos extraordinarios que en relación con los hijos puedan producirse, previa acreditación de su necesidad.
Sin costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal observando lo prevenido en el artículo 248.4 de la L.O.P.J. y en la Disposición Adicional Decimoquinta introducida por la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en Primera Instancia lo pronuncio, mando y firmo.

La Magistrada Juez

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado YOUSSEF EL ASRI ASNADE y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 19 de junio de 2019

LA LETRADA DE LA ADM1NISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/23.965/19)</texto>
</documento>