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    <identificador>BOCM-20190712-14</identificador>
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    <departamento>UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2019/07/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2019/06/26</fecha_disposicion>
    <titulo>Declaración período inhábil
– Resolución de 27 de junio de 2019, del Rector de la Universidad Autónoma de Madrid, por la que se declara el próximo mes de agosto inhábil a los efectos señalados en esta Resolución</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>164</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID
14RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2019, del Rector de la Universidad Autónoma de Madrid, por la que se declara el próximo mes de agosto inhábil a los efectos señalados en esta Resolución.
Comprobadas las necesidades administrativas de esta Universidad durante el mes de agosto de 2019, atendiendo a los diversos procesos que pueden afectar a los diferentes colectivos universitarios y dado que el carácter eminentemente vacacional del mes de agosto puede dificultar el cumplimiento de los plazos previstos en las correspondientes convocatorias o procedimientos, el Rector de la Universidad Autónoma de Madrid, en virtud de su nombramiento por Decreto 62/2017, del 20 de junio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, 
RESUELVE
Primero
Declarar inhábil el mes de agosto, a efectos de cómputo de plazos de convocatorias y resoluciones de procesos de selección o provisión de puestos de trabajo convocados por esta Universidad, de cualquier procedimiento administrativo o situación administrativa, de reclamaciones o recursos en vía administrativa en el ámbito de personal docente e investigador y personal de administración y servicios, así como el procedimiento disciplinario de estudiantes.
En todos los casos descritos, los plazos se interrumpirán el día 1 de agosto de 2019 y su cómputo se reiniciará el 1 de septiembre del mismo año.
Segundo
Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con indicación de que la misma pone fin a la vía administrativa, y que contra ella se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante el órgano correspondiente de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos a partir del día siguiente al de su publicación.
Madrid, a 27 de junio de 2019..El Rector, Rafael Garesse Alarcón.
(03/23.635/19)</texto>
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