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    <titulo>Madrid número 35. Procedimiento 2.324 de 2018, notificación a María Cristina Sánchez Pérez</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>160</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 35</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 35
72Madrid número 35. Procedimiento 2.324 de 2018, notificación a María Cristina Sánchez Pérez
EDICTO
Doña Amalia Jiménez Redondo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 35 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 2.324 de 2018, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
Sentencia número 390 de 2018
En Madrid, a 5 de noviembre de 2018..Doña María del Sagrario Herrero Enguita, magistrada-juez de este Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid, habiendo visto y oído en juicio oral y público la presente causa de juicio inmediato sobre delitos leves número 2.324 de 2018, seguida por un delito leve de hurto contra la denunciada: doña María Cristina Sánchez Pérez, habiendo sido parte en la misma el ministerio fiscal, se procede en nombre de su majestad el Rey a dictar la presente resolución:
Fallo
Que debo condenar y condeno a don Gabriel Arenas López, como autor de un delito leve de hurto, en grado de tentativa, a la pena de cuarenta días multa con una cuota diaria de seis euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a que abone las costas del juicio y entrega definitiva de los objetos a su propietario. 
Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de letrado.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez.
Y auto de aclaración de la sentencia cuya parte dispositiva dice:
Se subsana error advertido en sentencia de fecha 5 de noviembre de 2018, consistente en el defecto, en los siguientes términos:
En el fallo de la sentencia donde dice: “que debo condenar y condeno a don Gabriel Arenas López”.
Debe decir: “que debo condenar y condeno a doña María Cristina Sánchez Pérez”.
Incorpórese esta resolución al libro de resoluciones definitivas insertándose a continuación de aquella que da lugar a la presente resolución, y llévese testimonio a los autos principales.
Contra la presente resolución no cabe recurso.
Lo acuerda y firma su señoría. Doy fe..La letrada de la Administración de Justicia..La magistrada-juez.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña María Cristina Sánchez Pérez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 5 de junio de 2019..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/22.117/19)</texto>
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