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    <titulo>Madrid número 48. Procedimiento 882 de 2018, notificación a Artiles Capital, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>160</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 48</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 48
65Madrid número 48. Procedimiento 882 de 2018, notificación a Artiles Capital, S. L.
EDICTO
En el juicio por procedimiento ordinario número 882 de 2018, se ha dictado sentencia número 107 de 2019, en fecha 5 de abril de 2019, cuya parte dispositiva es la siguiente:
“Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña Blanca Berriatua Horta, en nombre y representación de C. P. Zurbarán, número 15 de Madrid, contra Artiles Capital, S. L., debo condenar a esta a que abone a la actora la suma de 26.859,13 euros, más los intereses legales de dicha suma desde la interpelación judicial hasta su pago, y el abono de costas.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta número 2542-0000-04-0882-18 de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 48 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos, 2542-0000-03-0882-18.
Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses”.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, Artiles Capital, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que proceden contra, en su caso, la resolución originaria, que ya quedaron indicados al ser notificados (artículo 267.7 de la LOPJ).
Los plazos para los recursos a que se refiere el anterior apartado se interrumpen, en su caso, por la solicitud y, en todo caso, comienzan a computarse desde el día siguiente a la publicación de este edicto (artículo 267.7 de la LOPJ).
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 29 de mayo de 2019..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/22.833/19)</texto>
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