<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20190708-54</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2019/07/08</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Velilla de San Antonio. Organización y funcionamiento. Ordenanza uso y funcionamiento punto limpio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>160</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20190708-54</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/07/08/BOCM-20190708-54.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/07/08/BOCM-20190708-54.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/07/08/BOCM-20190708-54.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/07/08/BOCM-20190708-54.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>VELILLA DE SAN ANTONIO</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
54Velilla de San Antonio. Organización y funcionamiento. Ordenanza uso y funcionamiento punto limpio
Aprobada inicialmente la Ordenanza Municipal Reguladora de Uso y Funcionamiento del Punto Limpio, por Acuerdo del Pleno de fecha 24 de abril de 2019, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento               [http://velilladesanantonio.sedelectronica.es].
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza.
Velilla de San Antonio, a 25 de junio de 2019..La alcaldesa, Antonia Alcázar Jiménez.
(03/23.191/19)</texto>
</documento>