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    <titulo>Santander número 6. Procedimiento 17 de 2019, notificación a Mercantil JRC Facility Services, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTANDER NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTANDER NÚMERO 6
116Santander número 6. Procedimiento 17 de 2019, notificación a Mercantil JRC Facility Services, S. L.
EDICTO
DON/DOÑA OLIVA AGUSTINA GARCIA CARMONA Letrado/a de la Administración de Justicia del JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 6 de Santander,
Hace saber: que en este Órgano judicial se siguen autos de Ejecución de títulos judiciales, con el nº 0000017/2019 a instancia de SARA BLANCO BORBOLLA frente a MERCANTIL JRC FACILITY SERVICES SL, en los que se han dictado resolución Auto extinguiendo la relación laboral de fecha 5 de junio 2019 cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

“AUTO nº 000030/2019

LA MAGISTRADO-JUEZ
Dª. ISABEL RODRÍGUEZ MACARENO.

En Santander, a 05 de junio del 2019.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO DECLARAR EXTINGUIDA con esta fecha las relaciones laborales que unían a Dña. Sara Blanco Borbolla y la empresa JRC FACILITY SERVICES S.L, condenando a ésta a que abone a la ejecutante las cantidades siguientes:

INDEMNIZACIÓN: 1.377,75 euros

SALARIOS DE TRAMITACIÓN: 4.976,60 euros

Del 2 de junio al 7 de septiembre de 2018: 3.273,2 euros
Del 23 de septiembre al 12 de noviembre de 2018: 1.703,4 euros
Continúese la ejecución por las referidas cantidades.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de TRES DÍAS contados desde el siguiente a su notificación, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido, sin perjuicio del cual se llevará a efecto.

Para la admisión del recurso se deberá acreditar a la interposición del mismo haber constituido un depósito de 25 euros en la Cuenta depósitos y Consignaciones de este Órgano abierta en la entidad Banco de Santander nº 5071000064001719, a través de una imposición individualizada indicando el tipo de recurso, salvo que el recurrente tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (D.A. Decimoquinta de la LOPJ).”

Y para que sirva de notificación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a MERCANTIL JRC FACILITY SERVICES SL, en ignorado paradero, libro el presente.

Santander, 13 de junio del 2019.
El/La Letrado/a de la Administración de Justicia,
Oliva Agustina Garcia Carmona 
(03/22.747/19)</texto>
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