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    <titulo>Móstoles número 2. Procedimiento 670 de 2016, notificación a José Rodríguez Fojo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>140</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 2
89Móstoles número 2. Procedimiento 670 de 2016, notificación a José Rodríguez Fojo
EDICTO
Don Miguel Ángel Ambrona Hernández, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Móstoles.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 670 de 2016, instados por la procuradora doña María Luisa Santamaría Caballero, en nombre y representación de don Rafael Ruiz Reguant, contra don José Rodríguez Fojo, en reclamación de 18.150,00 euros, en los que se ha dictado en fecha 14 de septiembre de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora señora Santamaría Caballero, en nombre y representación de don Rafael Ruiz y Reguant contra don José Rodríguez Fojo, debo condenar y condeno a don José Rodríguez Fojo a que abone a la actora la cantidad de 18.150 euros, con los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda; todo ello con expresa condena en costas de la parte demandada.
Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado en el término de veinte días, que será sustanciado y resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid. En el momento de la preparación del recurso de apelación, la parte apelante deberá constituir un depósito por la cuantía de 50 euros, bajo advertencia de inadmisión.
Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias civiles, que al efecto existe en la Secretaría de este Juzgado, quedando en las actuaciones testimonio de la misma.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don José Rodríguez Fojo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Móstoles, a 23 de abril de 2019..El letrado de la Administración de Justicia (firmado). 
(03/19.014/19)</texto>
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