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    <identificador>BOCM-20190614-132</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/06/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 15. Ejecución 38 de 2018, notificación a Juan Ángel Yuste Pérez y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>140</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15
132Madrid número 15. Ejecución 38 de 2018, notificación a Juan Ángel Yuste Pérez y otros
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 38/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RAQUEL PELAEZ AGUADO frente a CUCO CUBE CONSULTING SL, D./Dña. JUAN YUSTE DEL PESO, ARBOTANTE INMUEBLES SL y EGRAF SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

“DECRETO

En Madrid, a veintiuno de mayo de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA SUBSANAR el defecto advertido en el decreto de embargo de inmuebles de fecha 27/09/2018, en el sentido de hacer constar en la PARTE DISPOSITIVA: Que se acuerda el embargo de la parte que en derecho corresponda al deudor, D. Juan Yuste del Peso, respecto de los bienes inmuebles que se describen en dicho decreto.

Líbrese mandamiento al Registro de la propiedad nº 6 de Madrid y al Registro de la propiedad de Moralzarzal, haciendo constar la presente subsanación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a, JUAN ÁNGEL YUSTE PÉREZ Y JAIME YUSTE MOLINER, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.”

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de mayo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/19.521/19)</texto>
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