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– Orden 1463/2019, de 17 de mayo, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se convoca el puesto de Director del Centro Integrado de Formación Profesional “Escuela de Hostelería y Turismo Simone Ortega”, para su provisión por el sistema de Libre Designación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN
11ORDEN 1463/2019, de 17 de mayo, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se convoca el puesto de Director del Centro Integrado de Formación Profesional “Escuela de Hostelería y Turismo Simone Ortega”, para su provisión por el sistema de Libre Designación.
Por Decreto 75/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, se crea el Centro Integrado de Formación Profesional “Escuela de Hostelería y Turismo Simone Ortega”. Este Decreto, en su artículo 3 establece, entre otros términos, que el Director será nombrado por la Consejería de Educación, previa consulta al Consejo Social, mediante convocatoria pública por el sistema de libre designación, entre funcionarios públicos docentes pertenecientes a los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Enseñanza Secundaria o Profesores Técnicos de Formación Profesional, por un período de cuatro años, renovables por un solo período de igual duración, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado al final de dicho mandato.
Vacante, por tanto, para el curso 2019-2020, el puesto de Director de dicho centro, reservado a funcionarios docentes de esta Administración Autonómica, resulta necesario proceder a su inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid, por lo que
DISPONGO
Primero
Objeto
Aprobar la convocatoria para la provisión del puesto de Director del Centro Integrado de Formación Profesional “Escuela de Hostelería y Turismo Simone Ortega”, reservado a funcionarios docentes de esta Administración Autonómica, mediante el sistema de Libre Designación.
Segundo
Normativa aplicable
La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su organización y desarrollo, por las disposiciones siguientes:
.	Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
.	Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública.
.	Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
.	Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
.	Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir las convocatorias para la provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril).
.	Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre).
.	Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
.	Decreto 75/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Centro Integrado de Formación Profesional, “Escuela de Hostelería y Turismo Simone Ortega”, en Móstoles.
.	Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
.	Decreto 127/2017, de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación e Investigación.
Tercero
Requisitos y condiciones de participación
Los participantes deberán reunir los requisitos indispensables para el desempeño, establecidos en el Decreto 75/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Centro Integrado de Formación Profesional, “Escuela de Hostelería y Turismo Simone Ortega”. Deberán ser funcionarios de carrera, pertenecientes a alguno de los siguientes cuerpos docentes: cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria o cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
Dado que el puesto objeto de la presente convocatoria tiene contacto habitual con menores, deberá acreditarse por el participante no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al efecto en el portal www.comunidad.madrid
La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con el referido puesto, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.
Los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales referidos al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
En el caso de que el citado certificado no se encontrará redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada realizada por traductor jurado o validada por el consulado y oficina diplomática correspondiente.
Cuarto
Solicitud
La solicitud de participación se formulará de acuerdo con el modelo aprobado por la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban nuevos modelos de impresos relativos a los procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto; corrección de errores, 10 de septiembre de 1998).
A la solicitud, se acompañará el Proyecto de Dirección que se menciona en el Anexo de la presente convocatoria, que deberá incluir un análisis de las características más relevantes del centro, los objetivos básicos del programa de dirección y las líneas generales de actuación para alcanzar dichos objetivos.
Así mismo, la solicitud deberá ir acompañada de un historial académico y profesional así como de la documentación acreditativa (mediante fotocopias simples) de los méritos que se consideren procedentes a efectos de apreciar la idoneidad del interesado para el desempeño del puesto. En el historial académico-profesional, se hará constar la siguiente información:
.	Títulos académicos.
.	Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como en la empresa privada y especialmente los relacionados con el perfil al que se opte.
.	Estudios y cursos realizados y conocimiento de idiomas.
.	Otras actividades relacionadas con el perfil del puesto.
Quinto
Presentación y plazo
Puesto que todos los candidatos tienen la consideración de empleados públicos, de conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, realizarán la presentación de la solicitud a través de medios electrónicos.
La solicitud de participación se cumplimentará por medios electrónicos, rellenando el formulario que se incluye en el portal www.comunidad.madrid.
Para presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Excepcionalmente, aquellos participantes que no dispongan de medios electrónicos, deberán cumplimentar la solicitud, imprimirla, firmar el documento obtenido y presentarlo, junto con el resto de la documentación:
.	En el Registro Auxiliar de la Consejería de Educación e Investigación, calle Santa Hortensia, número 30, 28002 Madrid.
.	En el Registro General de la Consejería de Educación e Investigación, calle General Díaz Porlier, número 35, 28001 Madrid.
.	En el Registro General de la Comunidad de Madrid, calle Gran Vía, número 3, 28013 Madrid.
.	En los Registros de las Direcciones de Área Territorial de la Consejería de Educación e Investigación:
	Madrid Capital: Calle Vitruvio, número 2, 28006 Madrid.
	Madrid Norte: Avenida de Valencia, sin número, 28700 San Sebastián de los Reyes.
	Madrid Sur: Calle Maestro, número 19, 28914 Leganés.
	Madrid Este: Calle Jorge Guillén, sin número, 28806 Alcalá de Henares.
	Madrid Oeste: Carretera de la Granja, número 4, 28400 Collado Villalba.
.	En las oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, relacionadas en la Resolución de 5 de diciembre de 2017, de la Directora General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano, mediante la que se modifica la Resolución de 14 de febrero de 2017, de la Directora General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano, por la que se hace pública la relación de Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 307, de 27 de diciembre), cuya relación está disponible en el portal de la Comunidad de Madrid, “Portal del ciudadano”, a través de la secuencia: “Red de oficinas”, “Registro de solicitudes, escritos y documentos”, “Oficinas de Asistencia en Materia de Registro”.
.	En los registros y lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto, para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos, antes de ser certificada.
Las solicitudes suscritas por los residentes en el extranjero podrán presentarse también en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán a la Dirección General de Recursos Humanos, calle Santa Hortensia, número 30, 28002 Madrid.
El plazo de presentación de solicitudes y documentación será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto
Procedimiento de selección
Se valorará el Proyecto de Dirección presentado, así como el historial académico y profesional y la documentación acreditativa aportada, que demuestre que el candidato cumple el perfil solicitado en el Anexo. En el procedimiento de selección del candidato al puesto de Director se podrá realizar el trámite de entrevista previa.
Séptimo
Entrada en vigor
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Octavo
Recursos
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Educación e Investigación, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 17 de mayo de 2019.
		El Consejero de Educación e Investigación, 		RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR
ANEXO
Denominación: Director.
Localización: Centro Integrado de Formación Profesional “Escuela de Hostelería y Turismo Simone Ortega”, Móstoles.
Requisitos:
.	Ser funcionario/a de carrera, perteneciente a alguno de los siguientes cuerpos docentes: cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria (A0511), cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (A0590) o cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional (A0591).
Proyecto de Dirección, que deberá incluir:
.	Análisis de las características más relevantes del centro.
.	Objetivos básicos del programa de dirección.
.	Líneas generales de actuación para alcanzar dichos objetivos.
Méritos:
.	Tener una antigüedad de, al menos, cinco años como funcionario de carrera en la función pública docente.
.	Experiencia en el desempeño de puestos en la Administración Educativa.
.	Experiencia en el desempeño de puestos en empresas de restauración del sector público o privado.
.	Experiencia en la organización y gestión administrativa y económica de centros educativos.
.	Experiencia en liderar y gestionar equipos de trabajo fomentando la colaboración, la iniciativa personal y capacidad emprendedora.
.	Experiencia en la utilización de tecnologías de la información y la comunicación en el ámbito de la Administración Educativa.
.	Experiencia en la organización y participación en competiciones y campeonatos de formación profesional.
.	Experiencia en promoción de actividades con empresas y Administraciones.
.	Experiencia en proyectos de internacionalización.
.	Publicaciones de artículos, libros o capítulos de libros.
.	Creaciones digitales (blogs, páginas web, aplicaciones móviles).
.	Premios en exposiciones, concursos o certámenes de ámbito autonómico, nacional e internacional.
.	Experiencia en la implantación y gestión de proyectos de innovación educativa.
.	Conocimiento de idiomas acreditado de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
.	Estar en posesión de otras titulaciones.
(03/18.170/19)</texto>
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