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    <identificador>BOCM-20190508-134</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/05/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Procedimiento 1.105 de 2018, notificación a Rodriser Industria Aeronáutica Española, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>108</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26
134Madrid número 26. Procedimiento 1.105 de 2018, notificación a Rodriser Industria Aeronáutica Española, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María García Ferreira, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 1.105 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eloy Jesús Sáez Hidalgo, frente a Rodriser Industria Aeronáutica Española, S. L., sobre asunto ordinario, se ha dictado sentencia en fecha 4 de abril de 2019.
Contra dicha resolución puede interponerse ante este Juzgado recurso de suplicación en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente día a la fecha de la publicación del presente edicto, con los requisitos y advertencias legales que constan en la sentencia que se le notifica, de la cual puede tener conocimiento integro en la oficina judicial de este Juzgado, sito en calle Princesa, número 3, planta octava.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Rodriser Industria Aeronáutica Española, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 4 de abril de 2019..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/13.996/19)</texto>
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