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    <identificador>BOCM-20190508-1</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO</departamento>
    <rango>CORRECCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2019/05/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Convocatoria pruebas selectivas
– Corrección de errores de la Resolución de 11 de abril de 2019, del Gerente del Organismo Autónomo Madrid 112, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas de carácter laboral, de la categoría de Gestor de Emergencias 112 (Grupo III, Área B, Nivel 6) de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>108</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>B) Autoridades y Personal</apartado>
    <organismo>VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO</organismo>
    <organismo>O. A. MADRID 112</organismo>
    <tipo_disposicion>CORRECCIÓN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
ORGANISMO AUTÓNOMO MADRID 112
1CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 11 de abril de 2019, del Gerente del Organismo Autónomo Madrid 112, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas de carácter laboral, de la categoría de Gestor de Emergencias 112 (Grupo III, Área B, Nivel 6) de la Comunidad de Madrid.
Advertido error material en el base sexta (punto 6.3.1) de la Resolución de 11 de abril de 2019, del Gerente del Organismo Autónomo Madrid 112, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas de carácter laboral, de la categoría de Gestor de Emergencias 112 (Grupo III, Área B, Nivel 6) de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril de 2019, y de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su corrección en los siguientes términos:
Sexta
Sistema de selección
Donde dice:
“El tiempo máximo para la realización del primer cuestionario será de 45 minutos, mismo tiempo para el segundo cuestionario, hasta una totalidad de tiempo de 90 segundos, para la totalidad del ejercicio”.
Debe decir:
“El tiempo máximo para la realización del primer cuestionario será de 45 minutos, mismo tiempo para el segundo cuestionario, hasta una totalidad de tiempo de 90 minutos, para la totalidad del ejercicio”.
Dado en Madrid, a 24 de abril de 2019..La Gerente del Organismo Autónomo Madrid 112, María Inés Berrio Fernández-Caballero.
(03/15.673/19)</texto>
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