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    <titulo>Madrid número 15. Procedimiento 6 de 2019, notificación a María Rey da Silva</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>107</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15
85Madrid número 15. Procedimiento 6 de 2019, notificación a María Rey da Silva
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Dolores Marín Relanzón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 6 de 2019-0004 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Francisco Ruiz de Toledo González, frente a doña María Rey da Silva, sobre cuenta de abogado, se ha dictado la siguiente resolución:
“La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que se ha presentado escrito, en fecha 3 de enero de 2019, en la Delegación del Decanato, por don Carlos Francisco Ruiz de Toledo González, que ha sido remitido a este Juzgado por tratarse de reclamación de honorarios referida al procedimiento número 11 de 2019, de este órgano judicial..Doy fe”.
“Visto el contenido del anterior escrito sobre reclamación de honorarios, fórmese el oportuno procedimiento y regístrese en el libro correspondiente. Conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérese a doña María Rey da Silva para que, en término de diez días, ingrese en la cuenta de este Juzgado 2513-0000-68-0156-18, la cantidad a que dicho escrito se refiere en concepto de honorarios profesionales 506,99 euros, o bien impugne los mismos por indebidos o por excesivos. Advirtiéndose de que, si dentro del citado plazo no se ingresa la cantidad ni se impugnan los honorarios, se seguirá la vía de apremio contra sus bienes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente al de su notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La letrada de la Administración de Justicia”.
Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María Rey da Silva, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 2 de abril de 2019..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/14.323/19)</texto>
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