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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <titulo>Madrid número 41. Procedimiento 87 de 2019, notificación a Grupo Gasab Inmoconsult, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41
258Madrid número 41. Procedimiento 87 de 2019, notificación a Grupo Gasab Inmoconsult, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 87/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIO ALBERTO MARTINEZ frente a GRUPO GASAB INMOCONSULT SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda formulada por D. MARIO ALBERTO MARTÍNEZ contra la empresa GRUPO GASAB INMOCONSULT S.L. y CONDENO a la empresa demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 8.359,23 euros brutos, más el 10% de interés sobre 2.883,09 euros.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 5052-0000-65-0087-19 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO GASAB INMOCONSULT SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticinco de marzo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/12.850/19)</texto>
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