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    <titulo>Madrid número 8. Procedimiento 773 de 2018, notificación a Sparom 2014, S. Coop. Mad.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>83</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8
100Madrid número 8. Procedimiento 773 de 2018, notificación a Sparom 2014, S. Coop. Mad.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 8 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 773/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SEBASTIAN URBAN, D./Dña. TOADER SUCIU, D./Dña. DANUT IOAN BUDELECAN, D./Dña. GHEORGHE DANIEL DARABAN y D./Dña. CATALIN STEFAN frente a SPAROM 2014 S.COOP MAD sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Se estima la demanda formulada por los actores condenando a la demandada SPAROM 2014 SOCIEDAD COOPERATIVA con CIF F-871110409, a satisfacer a los actores:

. A D. Toader Suciu: 2.148,79 euros netos.
. A D. Danut Ioan Budelecan: 2.148,79 euros netos.
. A D. Sebastian Urban: 2.148,79 euros netos.
. A D. Catalin Stefan: 2.148,79 euros netos.
. A D. Gheorghe Daniel Daraban: 2.148,79 euros.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a autos, y hágase saber a las partes que, de conformidad con el artículo 191 de la LRJS, contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SPAROM 2014 S. COOP MAD, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a trece de marzo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/10.412/19)</texto>
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