<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20190329-80</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2019/03/29</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Valdemorillo. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>75</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20190329-80</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/03/29/BOCM-20190329-80.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/03/29/BOCM-20190329-80.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/03/29/BOCM-20190329-80.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/03/29/BOCM-20190329-80.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Valdemorillo</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO
RÉGIMEN ECONÓMICO
80Valdemorillo. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión de fecha 21 de marzo de 2019, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación créditos número 3/2019, en la modalidad de suplemento de crédito con cargo al Remanente Líquido de Tesorería (Reconocimiento Extrajudicial de Crédito).
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177 y 169, del R. D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y demás normativa de aplicación, se somete a información pública a efectos de reclamaciones.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170 de dicho texto refundido, en los términos del mismo artículo, y demás normativa de aplicación, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente al de la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Oficina de presentación: Registro General de este Ayuntamiento.
c)	Organismo ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
El expediente de modificación de créditos de referencia, y demás efectos de todo ello en los extremos más arriba citados y de referencia en su expediente, se considerará definitivamente aprobado si durante el plazo citado no se presentasen reclamaciones frente al mismo.
Valdemorillo, a 22 de marzo de 2019..La alcaldesa, Gema González Fernández. 
(03/11.717/19)</texto>
</documento>